Los trabajos en beneficio a la comunidad
El Trabajo en Beneficio de la Comunidad es una medida alternativa al ingreso en prisión. Para quienes lo realizan comporta una función reeducativa a la vez que hace algo útil y provechoso para la sociedad.
Descripción:
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Los Trabajos en beneficio de la comunidad son una pena privativa de derechos
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Su imposición requiere el consentimiento del penado y le obliga a prestar su cooperación no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública.
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El trabajo en beneficio de la comunidad será facilitado por la Administración estatal, autonómica o local que, a tal fin, podrán establecer los oportunos convenios entre sí o con entidades públicas o privadas que desarrollen actividades de utilidad pública, debiendo remitir mensualmente a la Administración Penitenciaria la relación de plazas disponibles en su territorio.
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La Administración Penitenciaria supervisará sus actuaciones y les prestará el apoyo y asistencia necesarios para su eficaz desarrollo
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El penado, igualmente, podrá proponer un trabajo concreto a la Administración penitenciaria.
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Para determinar la jornada laboral en cada caso y el plazo en el que deberá cumplirse, se tendrán en cuenta las cargas personales o familiares del penado, sus circunstancias laborales, buscando hacer compatible el desarrollo de las actividades diarias del penado con el cumplimiento de la pena impuesta
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El Trabajo en Beneficio de la Comunidad es una actividad complementaria, no remunerada, que no sustituye puestos de trabajo ni compite con el. mercado laboral.
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Cumple también una finalidad restitutiva a la vez que ejemplarizante eintegradora.
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Los trabajos suelen estar enfocados al apoyo o asistencia a determinadas víctimas relacionadas con el delito del penado. Otras veces las tareas encomendadas vienen dadas en función de las necesidades de la entidad u organismo que las oferta y de la formación académica o profesional de la persona que presta el trabajo
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La jornada de trabajo tendrá como límite ocho horas diarias. Para determinar la jornada laboral en cada caso y el plazo en el que deberá cumplirse, se tendrán en cuenta las cargas personales o familiares del penado, sus circunstancias laborales, buscando hacer compatible el desarrollo de las actividades diarias del penado con el cumplimiento de la pena impuesta, pudiéndose llegar a autorizar por el Juez de Vigilancia penitenciaria el cumplimiento de la pena de forma partida, en el mismo o diferentes días.
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Las infracciones que están siendo sancionadas con esta pena soninfracciones leves, muy frecuentemente relacionadas con la seguridad vial. En otras ocasiones se opta por esta medida en atención al perfil del infractor; cuando se trata de una persona normalizada e integrada en la sociedad.
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La persona sometida a esta medida está obligada a invertir un determinado tiempo en el desarrollo del trabajo que se le ha asignado. Entre las muchasventajas que aporta este tipo de sanción cuenta con la de ser una medida igualitaria que se cumple en libertad y evita por tanto la ruptura con la vida familiar, laboral y social del penado, además de promocionar valores como la solidaridad, la responsabilidad y el bien común
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La Institución Penitenciaria es la encargada de gestionar el correcto cumplimiento de estas penas. Para llevarlo a cabo cuenta con profesionales especializados en la intervención terapéutica dentro y fuera de la institución



