Indemnización por latigazo cervical en accidente de tráfico
El latigazo cervical en accidente de tráfico:
Desde DIA asociación estatal de víctimas de accidentes de tráfico vamos a dar una somera explicación de que es el latigazo cervical.
Se suele producir en las colisiones por alcance, Al golpear al vehículo que ocupamos por detrás o lateralmente, estos golpes producen lesiones en el cuello, vertebras y cervicales. En este tipo de golpes nuestra cabeza se balancea bruscamente como un “látigo”.
Al ser un golpe inesperado nos pilla desprevenidos y se produce, repentina y fuertemente, una extensión y contracción del cuello. Actualmente las lesiones son menores pues los coches van dotados de reposacabezas que impiden una extensión excesiva e, incluso, la fractura de las vértebras cervicales.
Produce un gran dolor en zona del cuello, contractura muscular y dificultad y dolor en los movimientos. También es posible que nos duela la nuca y el brazo así como sensación de mareo.
Se suelo tratar con fármacos y fisioterapia (masajes, calor, corrientes, ondas,…)
Es nuestro derecho tener una indemnización por accidente de tráfico en caso de sufrir daños. La reclamación deberá realizarla un abogado y es conveniente, además, estar en contacto con una asociación de víctimas de accidentes de tráfico.
Estas lesiones se contemplan en el baremo que regula las indemnizaciones a percibir por lesiones sufridas en accidente de tráfico.

Imagen obtenida de la web: http://www.efdeportes.com
Columna cervical:
Limitación de la movilidad de la columna cervical de 5-15 puntos
Síndrome postraumático cervical (cervicalgia, mareos, vértigos, cefaleas) de 1-8 puntos
El valor del punto se actualiza anualmente http://www.boe.es/boe/dias/2011/01/27/pdfs/BOE-A-2011-1494.pdf
Recordemos que para una adecuada reclamación para conseguir la indemnización por accidente de tráfico, especialmente por latigazo cervical pues las aseguradoras lo miran con lupa, es necesario acudir a urgencias cuanto antes para que acrediten que realmente tenemos una lesión. Después acudir al traumatólogo y, si este nos lo indica, al fisioterapeuta.
Todos los gastos deben estar acreditados mediante facturas e informes que acrediten su necesidad. En el juicio podremos reclamarlos para que nos los paguen dentro d ela indemnización por accidente.

Imagen obtenida de la web: http://www.blogdelaautoescuela.com

Actualizado (Viernes, 12 de Agosto de 2011 11:30)



